Punto de Vista. El tema de hoy: de las andanzas de Manuel y Musiño por el reparto Canarias de Cabaiguán. Comentando la prensa. Mis derechos, cómo los defiendo?.
—Manuel,
aquí traigo un periódico Escambray del día 8 de abril, que en la página 2,
Opinion, dice: Mis derechos cómo los defiendo. Quiero que me lo comentes y me
expliques como siempre haces, porque en la práctica eso no es así.
—Dame acá,
Musiño empecemos por leerlo. …“Lo mismo en la bodega, en la casilla o en un punto
de venta de la agricultura urbana, cuántas veces nos sentimos estafados por el
peso o la calidad de la mercancía que compramos casi siempre a precios para
desfondar el bolsillo.
O entramos
a una tienda recaudadora de divisas y la apatía de la dependienta nos paraliza,
mientras en un restaurante la descortesía y en ocasiones el maltrato de los
gastronómicos mata hasta las ganas de celebrar. En estas y otras circunstancias
muchos consumidores se sienten desprotegidos, no reclaman ni hacen valer sus
derechos.
—Mira Manuel,
lee esta parte que dice …”que se tiene que fomentar por la población la cultura
de la “inconformidad”, y la denuncia de lo mal hecho reconocida en todo el
mundo pero no siempre aprovechada por los cubanos.
—A decir
verdad yo no entiendo eso que debemos mostrarnos “inconformes” y denunciar,
pero por qué, si para el comercio es una obligación atender al consumidor, si
hay supuestamente una ley de protección para eso, si esto y lo otro, si la
Constitución de la República en ninguno de sus capítulos y artículos se refiere
a fomentar la cultura de la inconformidad, si esa la estamos sintiendo de
facto, y razones tenemos suficiente para estar inconformes y más en el tema del
comercio y la gastronomía. Si lo expresado en el Artículo 41 de la Constitución
de la República se controla y se cumple, y el Estado garantiza a la persona el
goce y el ejercicio irrenunciable, imprescriptible, indivisible, universal e
interdependiente de los derechos humanos [...] su respeto y garantía es de
obligatorio cumplimiento para todos. Y con el Artículo 78, si creo que son de
obligatorio cumplimiento, el periódico no me debe incitar a la inconformidad.
—Entonces,
Manuel, quién es el responsable de que eso se cumpla, que se me respeten los
derechos, porque ningún artículo dice que es “opcional”. Además el inciso l,
del Artículo 90 dice que debemos actuar con las relaciones con las personas
conforme al principio de solidaridad humana, respeto y observancia de las
normas de convivencia social.—insisto Manuel— por qué tiene el Estado que
prepararme para defenderme del maltrato. Lo que tiene que hacer es actuar
contra todas las violaciones de la Constitución y del derecho constitucional
cubano. Además el inciso “e” del Artículo 91 es claro: “Las disposiciones de
los órganos estatales superiores son obligatorios para los inferiores. Para mí,
más claro ni el cantío del gallo.
—Así es
Musiño, tienes toda la razón, es un error llamarnos a la inconformidad. El
asunto debe ser otro, exigencia, control real, no artificial. Porque podemos
decir que el Estado no nos representa, que no ejerce su función. Si por las
nuevas circunstancias y decisiones no es posible hacer cumplir la ley de leyes,
entonces adecuarlas, si el Artículo que se refiere al control y regulación del
Estado sobre el comercio justo y equitativo y las nuevas formas no se
corresponden al efecto ( nuevos actores económicos y las mypimes ), entonces
modificar el contenido para creer en la ley. Y de esa forma se estimule la
competencia, la calidad de los servicios, el buen trato, la cortesía, sentirnos
satisfechos y no preocuparse por prepararnos para defendernos de las malas
prácticas.
—Ansina
Manuel, estoy de acuerdo con tu punto de vista.
No hay comentarios:
Publicar un comentario